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Qué es la Curatela y en Qué se Diferencia de la Incapacitación

Llegados a un punto, nuestros mayores ven sus facultades mermadas. En ese momento, hay que tomar la decisión de qué hacer. Es un proceso sensible, pero lo que buscan tanto la tutela como la curatela es que los familiares escojan lo mejor para un familiar que no tiene la capacidad de hacerlo. Los trámites legales asociados a la tutela son complejos. Además, cuesta distinguir entre una tutela y una curatela. En miResi te lo explicamos de la forma más sencilla.

1. Qué es una curatela

Una curatela es un proceso legal que permite a los familiares acompañar en las decisiones a una persona que no puede ejercer su capacidad de decisión completa. Esto se establece en ámbitos concretos, y no en todas las decisiones del mayor.

La curatela busca un representante para que exprese la voluntad de una persona que carece de la capacidad. Pero esto no tiene que ocurrir en todos los ámbitos de la vida del mayor. Es probable que los mayores mantengan la autonomía en gran parte de los escenarios de su vida. La función del curador -el encargado de la curatela- se reduce a los ámbitos administrativos, legales y jurídicos en los que este no pueda valerse por sí mismo.

La diferencia con la tutela es que en este caso no hay un tutor que tome las decisiones en nombre del tutelado. En la curatela, los sujetos tienen plena libertad, pero están asistidos por una persona externa. La voluntad del sujeto está siempre presente, como en el caso de la tutela, pero aquí -debido al mayor grado de autonomía- este es más partícipe.

Es, por decirlo de una forma llana y directa, una especie de poder notarial. El representante tiene la capacidad permanente o puntual de ejercer la voluntad de su familiar en su nombre como si este le hubiera otorgado un poder.

Hija ejerciendo una curatela con sus padres Hija ejerciendo una curatela con sus padres
Hija ejerciendo la curatela con sus padres

2. Diferencia entre curatela y tutela

La gran diferencia entre ambas es que la curatela pretende prestar apoyo al mayor, y no anular su capacidad de decisión. La curatela es una ayuda. El representante de los intereses del mayor -denominado curador- debe respetar la libertad de decisión del mayor y aconsejarle respecto a eso.

De hecho, el mayor tiene la capacidad de excluir a personas para el cargo y reclamar si el curador no está ejerciendo de forma correcta su función.

Por otra parte, la curatela tiene un carácter parcial. A diferencia de la tutela, la curatela no afecta a todos los campos de la vida del mayor. El tutelado ve representados sus intereses por un tutor que toma las riendas de todas las decisiones que deba tomar la persona tutelada. La curatela especifica los campos en los que el mayor no puede expresar de una forma eficiente su voluntad.

3. ¿Puedo pedir una curatela?

Cualquier persona puede solicitar la curatela para un familiar. Las condiciones son:

  1. Que este sea mayor de edad.
  2. Que se pueda demostrar que carece de las facultades para ejercer sus derechos jurídicos y estos tengan que ser defendidos por otra persona.
  3. Quedarán excluidas las personas con antecedente penales graves y  aquellos que hayan sido vetados por el mayor.

3. ¿Qué implicación tiene el mayor en la curatela?

El mayor es el protagonista de este proceso, ya que se pretende que su voluntad sea siempre defendida. El curador -el representante de los intereses del mayor en la curatela- debe estar en continuo contacto con el mayor para defender su opinión. Este ejerce su voluntad cuando el otro no puede, pero no puede tomar decisiones que perjudiquen a su familiar o le beneficien a él. No es más que un representante.

Recordemos que aquí, a diferencia de en la tutela, no hace falta una incapacitación del mayor. En el proceso de la curatela, el usuario es más autónomo que en la tutela. No ha perdido todas sus capacidades.

De esta forma, el mayor puede determinar las condiciones de la curatela. Este elabora una lista de posibles curadores, y excluye a aquellas personas que no crea capaces de defender sus intereses.

Hijo tramitando asuntos legales como parte de la curatela Hijo tramitando asuntos legales como parte de la curatela
Hijo tramitando asuntos legales como parte de la curatela

4. ¿Se pueden anular una curatela?

Sí. Esto puede ocurrir si un juez lo considera oportuno. La curatela quedará anulada de la misma forma que se constituye: mediante resolución judicial. De hecho, se establecen revisiones periódicas para examinar las capacidades del mayor y el desempeño del curador. Si la evolución demuestra que no se cumplen las premisas para la curatela, esta debe ser anulada judicialmente.

Esto ocurriría en dos supuestos:

  1. Si el mayor recupera las facultades para el desempeño de las funciones.
  2. Si el curador no está ejerciendo su función.

Como es evidente, el curador no tendrá potestad más allá de la muerte de la persona a la que asesora. No podrá tomar ninguna decisión en este punto. Tras el fallecimiento, las decisiones se remitirán a las últimas voluntades y al testamento.

5. ¿Qué conlleva ser curador?

Principalmente, la responsabilidad del curador es la de mirar por el bienestar y el interés de la persona por la que toma las decisiones. Esto se justificará en las periódicas revisiones jurídicas de la curatela. Por ello, el curador debe ser una persona que no tenga intereses particulares en lo económico.

Este representante recibirá una remuneración por parte del mayor en concepto de compensación por su responsabilidad. También podrá reclamar cualquier gasto derivado de su papel como curador.

Anciano no sujeto a una curatela tramitando problemas con las facturas Anciano sujeto a una curatela
Anciano no sujeto a una curatela tramitando problemas con las facturas

6. La culpabilidad

Es un sentimiento generalizado la culpabilidad por tramitar tutelas y curatelas. Se debe abandonar la idea de que se está atacando a nuestro mayor. Nosotros, los familiares, sabemos qué es lo mejor para nuestros mayores y obramos en consecuencia. Esta no es una herramienta para invalidarles, es una herramienta para velar por ellos.

Este mecanismo legal está previsto para que las personas más ancianas no caigan en estafas o tomen malas decisiones. La ley ampara al mayor, por lo que es casi imposible que el curador se aproveche de esta situación en su favor.

Como siempre decimos en miResi, la responsabilidad de cuidar a un familiar es muy grande. Muchas veces, la culpa dificulta determinadas decisiones. Uno de esos casos es la tramitación de la curatela. Hay que pensar siempre que se está obrando para garantizar el bienestar de nuestros familiares.

Fuentes:

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Alberto Cheli
Periodista y estudiante de Geografía e Historia. Actualmente redactor en miResi con el objetivo de contar historias de interés social. “El pasado es la mejor forma de acceder a la realidad del presente”
Sobre el autor

Periodista y estudiante de Geografía e Historia. Actualmente redactor en miResi con el objetivo de contar historias de interés social. “El pasado es la mejor forma de acceder a la realidad del presente”
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