Los gastos derivados de la situación de dependencia son elevados. Las personas y sus familiares necesitan adaptar los espacios cotidianos, comprar prótesis y material ortopédico o contratar cuidadores. Por ello, y para que las familias tengan acceso a las prestaciones públicas, desde miResi te resumimos en qué consiste la ayuda a la dependencia en Aragón.
Contenidos
- 1. Qué es la dependencia
- 2. ¿Hay ayudas a la dependencia en Aragón?
- 2.1. Servicio de teleasistencia
- 2.2. Servicio de ayuda a domicilio
- 2.3. Centros de día, hogares y centros ocupacionales
- 2.4. Centros de Atención a Personas con Discapacidad
- 2.5. Becas de atención para centros para personas con discapacidad
- 2.6. Ayudas individuales para personas con discapacidad o en situación de dependencia
- 2.7. Servicio de apoyo al cuidador
1. Qué es la dependencia
La dependencia afecta a las personas con la reducción -temporal o definitivamente- de las capacidades mentales o físicas, lo cual implica una reducción de la autonomía del mayor.
Hay tres grados de demencia en relación con las capacidades que se han perdido.
-Dependencia moderada: Este es el grado más bajo. En este estadio de la dependencia todavía se goza de una alta autonomía. Lo único que necesitan los mayores en este punto es un acompañamiento puntual en las tareas cotidianas.
-Dependencia severa: En este punto, la dependencia ya impide hacer gran parte de las tareas cotidianas. El mayor requiere de una persona que se implique de una forma más constante en su cuidado.
-Gran dependencia: Este es el grado más alto de dependencia. La persona con demencia no tiene autonomía suficiente para desarrollarse por sí misma, por lo que requiere de personal especializado que conviva con ellos.
2. ¿Hay ayudas a la dependencia en Aragón?
Sí, la comunidad de Aragón tiene una serie de herramientas económicas públicas para apoyar la promoción, los cuidados y la integración de las personas con dependencia.
El primer paso para obtener estas ayudas es certificar que nuestro mayor se encuentra en una situación de dependencia. A continuación te explicamos el proceso y te hablamos sobre los documentos necesarios.
A través de la página web del Gobierno aragonés se puede conocer la información e iniciar los trámites; aunque si es más cómodo, se puede acudir presencialmente a presentar los documentos en las oficinas de los Servicios Sociales municipales o comarcales.
Los documentos necesarios son los siguientes:
- Solicitud para la valoración del grado de dependencia del mayor
- Autorización para la consulta de datos
- Informe de Salud
- Declaración persona cuidadora no profesional
- Certificado Servicio para la Prestación Económica Vinculada
- Actualización de datos
- Informe Social
- Modificación de preferencias
La solicitud se inicia acudiendo o llamando a Servicios Sociales para pedir una cita con un o una trabajadora social que certifique el estado del mayor. A esta persona se le presentará la documentación que se demanda en la convocatoria.
Más tarde, el Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) concertará una cita para valorar el espacio en el que vive el anciano y su entorno familiar y cercano.
Después de esta visita, se notificará la resolución a la que se ha llegado y se aconsejará a la persona con dependencia sobre las ayudas que puede solicitar.
Los trámites para las diferentes prestaciones se gestionan mediante los centros de Servicios Sociales municipales o comarcales (en el caso de los municipios más pequeños); como nos resulta imposible incluir todos los enlaces a nivel municipal, los enlaces a trámites que incluyamos serán los del ayuntamiento de Zaragoza. Si se desea encontrar información de un municipio en particular, únicamente se debe buscar el nombre de la ayuda junto al nombre del municipio en cuestión.
Los trámites no se solicitan telemáticamente, sino que únicamente existe la posibilidad de personarse en las oficinas municipales o comarcales de Servicios Sociales (vinculadas a los ayuntamientos).
2.1. Servicio de teleasistencia
La teleasistencia está ideada para que los mayores que requieren de cuidados continuos puedan vivir solos sin correr peligro. Los sistemas de alerta a distancia ofrecen a los mayores una forma sencilla para avisar de la necesidad de ayuda en caso de emergencia.
Estos dispositivos se pueden solicitar en los centros de Servicios Sociales.
Las personas a las que va dirigida esta herramienta de apoyo son usuarios que puedan demostrar que viven una situación en la que su libertad física, intelectual y/o sensorial se vea coartada.
El proceso es el siguiente:
- Acudir al centro de Servicios Sociales municipal o comarcal para hacer la solicitud.
- Someterse a un examen por parte de un o una trabajadora social.
- Se recibirá la respuesta a la solicitud, sea negativa o positiva.
- Anualmente (a no ser que se convoque con carácter extraordinario) se realizarán revisiones de la situación del mayor y el equipamiento de teleasistencia.
La documentación necesaria es:
- Fotocopia del DNI.
- Copia de la tarjeta sanitaria de la Seguridad Social.
- Fotocopia del libro de familia.
- Información financiera del núcleo familiar con el que conviva el solicitante.
- Certificado de discapacidad redactado por los Servicios Sociales.
2.2. Servicio de ayuda a domicilio
En la mayoría de casos, los mayores con dependencia necesitan asistencia en su propio hogar. Esta ayuda es cara porque implica contratar a una persona externa que trabaje a diario en el domicilio del anciano.
Los trámites se realizan presencialmente en los centros municipales de Servicios Sociales.
Las personas a las que va dirigida esta prestación deben ser mayores de 65 años (o menores con una acreditación de dependencia).
El proceso es simple:
- Pedir cita previa para acudir a la oficina de Servicios Sociales.
- Acudir a la cita para aportar toda la documentación requerida.
La documentación exigida por la administración es la siguiente:
- Empadronamiento en el ayuntamiento donde se presente la solicitud.
- Certificado de dependencia o discapacidad.
- Fotocopia del DNI.
- Copia de la Tarjeta Sanitaria de la Seguridad Social.
- Fotocopia del libro de familia.
- Informe de los ingresos de los miembros del núcleo familiar.
2.3. Centros de día, hogares y centros ocupacionales
Otra opción para el cuidado de los mayores con dependencia es que pasen el tiempo en centros donde profesionales responsables se encarguen de controlar la seguridad.
El ingreso a estos centros se solicita presencialmente en Centros de Base del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) en el caso de los centros ocupacionales; mientras que para los hogares y centros de día la solicitud se presentará directamente en los mismos.
Los requisitos que se piden cambian en función del centro:
- Tener más de 65 años (en el caso de los centros ocupacionales se exige una edad menor a los 65 años)..
- Contar con un certificado de discapacidad (este requisito no se aplica a los hogares).
- No disponer de atención en el domicilio durante el día, pero contar con familiares que cuiden del mayor el resto del día (requisito exclusivo para los centros de día).
- Residir en Aragón.
2.4. Centros de Atención a Personas con Discapacidad
Los centros especializados en personas con discapacidad siempre son una opción popular, ya que prestan un servicio particular y personalizado con profesionales expertos en los cuidados a este tipo de residentes.
Este trámite sí puede realizarse de forma telemática a través de la página web del Gobierno de Aragón; también se puede acudir a una de las Oficinas de Información y Registro que se reparten por todo el territorio aragonés.
Los requisitos demandados son los siguientes:
- Residencia en Aragón.
- No superar el límite económico establecido para el proceso.
- Acreditación de una discapacidad superior al 33%.
- No disfrutar de otras ayudas para el mismo fin.
Para demostrar esto, la documentación a aportar será la siguiente:
- Formulario de solicitud cumplimentado.
- Fotocopia del DNI.
- Libro de familia (para personas solteras).
- Fe de vida y estado (para personas extranjeras).
- Fotocopia de la declaración de la renta de la unidad familiar de convivencia.
- Certificado de la pensión percibida por el solicitante.
- Empadronamiento familiar.
- Certificado de discapacidad.
- Certificado de la ocupación de plaza.
- Informe sobre la prestación de servicios del centro (cumplimentada por el director o directora del mismo).
2.5. Becas de atención para centros para personas con discapacidad
Los centros para personas con discapacidad son lugares donde los profesionales en los cuidados a personas dependientes dan servicios de calidad.
El proceso se realiza presencialmente en las Direcciones Provinciales del IASS, en los Centros de Personas Mayores, en los Centros Base, en los Centros Municipales de Servicios Sociales o cualquier registro oficial.
Los requisitos para solicitar estas becas son los siguientes:
- Tener un certificado de discapacidad superior al 33%.
- Residir en Aragón.
- No gozar de los recursos económicos suficientes para acceder a estos centros.
Los documentos a presentar son:
- Solicitud de beca para atención en centros de personas con discapacidad
- Solicitud de beca para atención en centros de personas con discapacidad – Certificado del centro
2.6. Ayudas individuales para personas con discapacidad o en situación de dependencia
Esta prestación económica tiene un carácter general, por lo que se puede emplear para financiar desde cuidados profesionales a la adaptación de la vivienda.
Los procedimientos para su solicitud se pueden realizar online o presencialmente en la Dirección Provincial del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS) o en cualquiera de los Registros Generales de Entrada del Gobierno de Aragón.
Los requisitos básicos que se piden para el trámite de esta ayuda son:
- Una condición igual o superior al 33% de discapacidad o un grado de dependencia de entre el II y el III.
- Empadronamiento y residencia en Aragón (por lo menos, 1 año antes de presentar la solicitud).
- No disfrutar de ayudas de carácter similar o con el mismo fin (ni en el momento ni 2 años antes de la solicitud).
2.7. Servicio de apoyo al cuidador
Esta ayuda está centrada en facilitar la sustitución de un cuidador, estancia temporal en un centro de día, la formación del prestador de cuidados,… En general, todo lo relacionado con la mejora la vida de los no profesionales que se encargan de cuidar a familiares. Esta subvención permite que estos tengan reconocido el descanso vacacional y puedan desarrollar su conocimiento en un campo del que son desconocedores pero constituye su día a día.
El trámite se puede realizar presentando todos los documentos que acrediten la situación de necesidad en el Servicio Social de Base del Ayuntamiento de residencia.
El perfil de la persona que puede solicitar esta ayuda es:
- Una persona mayor de edad.
- Cuidador no profesional sin retribución.
Esta ayuda de carácter general se da en situaciones extraordinarias, y no se amplía en el tiempo.
El trámite se puede desarrollar en el Servicio Social de Base del Ayuntamiento en el que se esté empadronado.
Los requisitos básicos para la concesión de esta ayuda son los siguientes:
- Tener residencia habitual en Aragón.
- Demostrar que se es pensionista no contributivo o beneficiario de pensiones asistenciales y de enfermedad a 31 de diciembre del año anterior.
2.9. Prestaciones por dependencia
Estas ayudas están destinadas a promover la autonomía del mayor en estado de dependencia; esto pasa por promover cuidados de calidad y la adaptación correcta de los procesos.
Este apoyo económico se solicita presencialmente en la Delegación Provincial de la Dirección General de Atención a la Dependencia de la provincia en la que se resida.
Los requisitos que marca la administración pública son los siguientes:
- Residir en España (en un período igual o superior a los 5 años antes de la solicitud).
- Demostrar mediante certificado que el mayor se encuentra en una situación de dependencia.
Ya que la dependencia no entiende de nivel de renta, lo único que puede hacer la administración pública es intentar que el acceso a los recursos necesarios sea lo más democrático posible. Los mayores tienen derecho a gozar del mayor bienestar posible mediante los mejores cuidados.
Fuentes:
- Ayuntamiento de Zaragoza: https://zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/servicio/tramite/materia/3143
- Gobierno de Aragón: https://www.aragon.es/temas/atencion-social-dependencia/dependencia