Según los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), la población con dependencia en Cataluña ha ido aumentando en los últimos años. Este aumento de la población significa un aumento de las necesidades en la promoción de sus cuidados y su autonomía. Por ello, desde miResi te informamos sobre la ayuda a la dependencia en Cataluña.
Contenidos
- 1. Qué es la dependencia
- 2. ¿Hay ayudas a la dependencia en Cataluña?
- 2.1. Servicio de telealarma y teleasistencia
- 2.2. Servicio de atención domiciliaria
- 2.3. Servicio de acogimiento diurno para mayores, residencias asistidas y viviendas tuteladas
- 2.4. Ayuda de Atención Social a las Personas con Discapacidad (PUA)
- 2.5. Ayuda de apoyo a la autonomía personal en el propio domicilio
- 2.6. Ayudas a la dependencia
- 2.7. Servicios municipales de asistencia personal
- 2.8. Ayudas para la compra de material ortopédico
- 2.9. Programa “Mi hogar”
1. Qué es la dependencia
La consecuencia directa de la dependencia es la reducción de las capacidades necesarias para realizar determinadas tareas cotidianas. La dependencia es, por tanto, cualquier deterioro en las facultades mentales o físicas que impliquen una reducción de la autonomía del mayor.
Hay tres grados de demencia en relación con las capacidades que se han perdido.
-Dependencia moderada: Este es el grado más bajo. En este estadio de la dependencia todavía se goza de una alta autonomía. Lo único que necesitan los mayores en este punto es un acompañamiento puntual en las tareas cotidianas.
-Dependencia severa: En este punto, la dependencia ya impide hacer gran parte de las tareas cotidianas. El mayor requiere de una persona que se implique de una forma más constante en su cuidado.
-Gran dependencia: Este es el grado más alto de dependencia. La persona con demencia no tiene autonomía suficiente para desarrollarse por sí misma, por lo que requiere de personal especializado que conviva con ellos.
2. ¿Hay ayudas a la dependencia en Cataluña?
Sí, Cataluña es una de las comunidades que más diversidad de ayudas a la dependencia tiene.
Como en el resto de comunidades, el primer paso a seguir es el de tramitar la dependencia. El sistema es simple y se puede realizar online. El proceso es el siguiente:
- Rellenar una solicitud para que se valore el grado de dependencia y una declaración responsable.
- De la misma forma se debe adjuntar a la solicitud:
- Documento de identificación del solicitante (o representante, en caso de tenerlo).
- Resolución judicial con la provisión de apoyo (antigua incapacitación).
- Empadronamiento en cualquier municipio de España (durante un total de 5 años, de los cuales 2 deben ser inmediatamente anteriores a la solicitud).
c) Un profesional valora la situación del solicitante y expide una acreditación con el resultado (durante los 3 meses posteriores a la solicitud).
d) Se estipulará un Programa de Atención Individualizado (PIA).
Las solicitudes se tramitan a través de los Servicios Sociales, por lo que no hay un único lugar online al que acudir. Por ello, vamos a enlazar con los trámites en el ayuntamiento de Barcelona porque nos es imposible enlazar a todas las webs municipales de la comunidad (para buscar cualquier otro simplemente hay que buscar en internet el nombre del trámite con el municipio).
2.1. Servicio de telealarma y teleasistencia
La teleasistencia es un servicio que busca prevenir incidentes entre los mayores que viven solos o solventar emergencias de forma eficaz y rápida. Estos son dispositivos que conectan a los mayores con servicios de emergencia para que puedan avisar de una forma rápida y accesible en caso de que necesiten ayuda.
La solicitud se puede realizar online (este es el enlace al trámite relativo a la ciudad de Barcelona) o presencialmente en las oficinas de Servicios Sociales de cualquier ayuntamiento.
Los requisitos para acceder a este trámite son los siguientes:
- Tener más de 75 años.
- Disponer de un certificado de dependencia.
- Informe favorable de un trabajador o trabajadora social.
- Empadronamiento en la ciudad en la que se solicite la ayuda.
- Acreditar la capacidad mental y física suficiente para hacer un uso correcto del servicio.
- Vivir solo o con personas que no puedan hacerse cargo de los cuidados de la persona con dependencia.
Los documentos que serán necesarios para el trámite son:
- Identificación del interesado (o un familiar o allegado que le represente).
- La acreditación de estado de dependencia expedido por la comunidad.
2.2. Servicio de atención domiciliaria
Las personas dependientes requieren de cuidados y asistencia en su día a día, por ello, muchas veces recurren a profesionales que viven en la casa.
El trámite se puede realizar en el portal de los ayuntamientos catalanes o presencialmente en las oficinas de la Seguridad Social.
Los requisitos que se solicitan a los interesados son:
- Vivir en Cataluña.
- Demostrar que el mayor se encuentra en un estado de dependencia.
2.3. Servicio de acogimiento diurno para mayores, residencias asistidas y viviendas tuteladas
Esta prestación consiste en plazas en centros de día, residencias especializadas y pisos tutelados para que los mayores sean acompañados y cuidados durante esas horas en centros donde puedan disfrutar de la compañía de otros ancianos, o bien desarrollen su vida con gran autonomía, pero sin renunciar a la seguridad de que se encuentran asistidos en todo momento por profesionales.
Se puede iniciar el proceso en el portal digital de los ayuntamientos o personándose en los Servicios Sociales de atención primaria del Ayuntamiento o Consejo Comarcal.
Las características de los solicitantes a este trámite son:
- Vivir en Cataluña.
- Demostrar que se requiere de cuidados vinculados a la situación de dependencia.
Los mayores o sus familias tendrán que presentar la siguiente documentación:
- Fotocopia del DNI.
- Una solicitud cumplimentada.
2.4. Ayuda de Atención Social a las Personas con Discapacidad (PUA)
Las ayudas económicas PUA se centran en promocionar la autonomía por medio de la adaptación de los espacios y la adopción de herramientas específicas. Estas son:
- El reconocimiento del permiso de conducir.
- Adaptación de los vehículos.
- Ayuda en los desplazamientos por atención precoz.
- Ayuda en los desplazamientos para educación en los mayores de 16 años.
- Cursos de lengua de signos para mayores de 16 años.
- Formación ocupacional en centros.
- Productos relativos a la discapacidad visual, auditiva, física, auditiva o de sordoceguera.
El proceso se puede realizar online o presencialmente en el departamento de Acción Social y Ciudadanía. Los requisitos básicos demandados para la obtención de estas ayudas son:
- Haber residido en Cataluña durante 5 años (2 inmediatamente anteriores a la solicitud).
- Discapacidad del 33%.
- Los mayores de 65 años tendrán que demostrar que la discapacidad se produjo antes de esta edad.
- No recibir ayudas similares o con el mismo fin.
- Demostrar que hay una necesidad económica real.
Los documentos requeridos en este proceso son:
- Residencia en Cataluña durante 5 años (siendo 2 los inmediatamente anteriores a la solicitud).
- Discapacidad igual o superior al 33%.
- Fotocopia del DNI.
- Informe sobre los ingresos anuales.
2.5. Ayuda de apoyo a la autonomía personal en el propio domicilio
Las personas dependientes y sus familias necesitan adaptar el entorno familiar a las necesidades del mayor. Esto conlleva unos gastos elevados, por ello, esta prestación trata de reducirlos.
El trámite se puede hacer digitalmente o presencialmente en las dependencias del Departamento de Acción Social y Ciudadanía.
Los requisitos son:
- Contar con un grado de discapacidad del 33% o más.
- Tener entre 18 y 65 años.
- Poder realizar las actividades del día a día con asistencia.
- Ser residente en Cataluña durante 5 años (2 de los cuales serán los anteriores a la solicitud).
- Valoración de la dependencia.
- Contar con un Plan de Atención Personal (TAP) de la empresa prestadora de servicio.
2.6. Ayudas a la dependencia
La ayuda a la dependencia es la prestación base que se pide en estos casos; esta es sumable a las otras y tiene un carácter general, por lo que se puede invertir en la plenitud de necesidades derivadas de la dependencia.
La tramitación se realiza presencialmente o por teléfono llamando o acudiendo al Departamento de Acción Social y Ciudadanía de la Generalitat de Catalunya.
Los requisitos de base son los siguientes:
- Demostrar la situación de dependencia del mayor.
- Residir en España (por lo menos desde cinco años durante toda su vida; siendo obligado a haber residido en España los 2 años anteriores a la presentación de la solicitud).
2.7. Servicios municipales de asistencia personal
Esta ayuda tiene tres tipos: asistenciales (cobertura de la totalidad de actividades cotidianas del mayor), de ayuda doméstica (ayuda puntual en ciertas labores domésticas) o de acompañamiento (asistencia fuera del hogar). La base de las tres es el cuidado de las personas dependientes y la promoción de su autonomía.
El trámite se realiza en las páginas web de los ayuntamientos catalanes o en persona en las oficinas de Servicios Sociales.
Los requisitos son:
- No hay límite de edad.
- Residir en algún municipio catalán.
- Disponer de un certificado de discapacidad del 33% o más.
- Certificar una dependencia de cualquier grado.
2.8. Ayudas para la compra de material ortopédico
Cataluña reserva una prestación económica para la adquisición de material ortopédico.
La solicitud de este apoyo económico se puede realizar personalmente en cualquier centro de salud catalán.
El proceso consiste en:
- Se acude a consulta médica con el doctor de cabecera.
- Un médico expide un PAO (Prescripción de Artículos Ortopédicos) en una consulta.
- Se presenta en la propia recepción del centro de salud, adjuntando la tarjeta sanitaria.
- El centro da el material sin coste alguno.
Otra forma de tramitarlo es comprando el artículo y solicitando el reembolso a la administración sanitaria pública más tarde.
2.9. Programa “Mi hogar”
Esta subvención pública se da con el fin de que las familias con personas con dependencia puedan hacer las reformas pertinentes para garantizar el acceso y la autonomía del mismo.
La ayuda se puede solicitar en la web de los ayuntamientos de Cataluña o presencialmente en las oficinas de Servicios Sociales municipales.
El proceso para la solicitud se basa en 3 pasos:
- Presentación del formulario.
- Envío de documentos.
- Confirmación de la solicitud y de los documentos.
Por lo tanto, los documentos necesarios son:
- Formulario cumplimentado.
- Certificado de discapacidad.
- Tarjeta individual con el grado de discapacidad.
- Presupuesto de la reforma (de 3 empresas distintas).
- Fotografías de la vivienda.
Tras recibir la subvención y realizar las obras, se tendrán que acreditar los gastos enviando las facturas y los justificantes pertinentes, los documentos de autorización de obras y fotografías de la vivienda tras la obra.
Las ayudas de este tipo tienen como objetivo que los gastos derivados de una situación sobrevenida como es la dependencia no repercutan negativamente en la economía familiar. Los gastos no son pequeños y siempre es un desahogo que desde la administración pública se den ayudas. Por ello y por el bienestar de nuestros mayores, en miResi una de nuestras prioridades es que se conozca este tipo de información que tanto bien puede hacer a las familias.
Fuentes:
- Generalitat de Catalunya: https://web.gencat.cat/es/tramits/tramits-temes/Reconeixement-de-la-situacio-de-dependencia
- Servicios Sociales de la Generalitat de Catalunya: http://dps.gencat.cat/WebAcollida/AppJava/es/Menu_Principal/Serveissocials/Atenci_especialitzada/Persones_discapacitades.jsp@sub=1&pag=tcm_394-87703-64&pagindex=tcm_394-87704-64.html