Leyes

Derechos de Imagen en Residencias [Consejos Prácticos 2023]

La Ley Orgánica 1/1982 recoge el derecho a la intimidad, la privacidad y el honor. En esta se especifica que no se puede compartir que nadie podrá difundir imágenes sin consentimiento de la persona en cuestión. Esta ley afecta a toda la población, pero veamos cómo se aplica a la vida en las residencias. Hoy desde miResi revisamos los derechos de imagen.

1. Qué son los derechos de imagen

Como ya hemos comentado, los derechos de imagen protegen a todos los ciudadanos prohibiendo que se difunda contenido audiovisual sin consentimiento.

Esta legislación busca que el sujeto sea poseedor de su intimidad. Así, cada uno decide lo que se puede o no difundir sobre él. Todos los datos de nuestros mayores son privados, por lo que la residencia no puede compartirlos. 

Ancianos en una residencia sujetos a derechos de imagen Ancianos en una residencia sujetos a derechos de imagen
Grupo de ancianos haciéndose fotos con el móvil

2. ¿Puede mi residencia compartir fotos de mis familiares?

Ningún centro de atención o residencia puede compartir imágenes o vídeos en redes sociales o cualquier otro medio sin el consentimiento expreso de las personas que aparecen en la imagen.

Ni siquiera se podrá compartir la imagen de un residente que no ha firmado la autorización en la página web de la residencia. La Ley Orgánica de Protección de Datos Personales es la que regula todo el tráfico de datos personales. Esta información es muy sensible, así que requiere de una legislación específica que la trate.

La solución es tener mucho cuidado y revisar todas las fotos, o pixelar la cara de los residentes sin autorización. Compartir datos e información sin consentimiento constituye un delito grave.

2.1. Formulario para la autorización de difusión de imágenes

Este es un trámite sencillo. Se firma un justificante dando permiso para difundir imágenes (vídeos y fotografías) en las que aparezcan los familiares.

Este documento lo firma el residente como titular de sus derechos. La familia no interviene porque la persona que debe autorizarlo es el mayor.

Cámara de seguridad en una residencia parte de los derechos de imagen Cámara de seguridad en una residencia parte de los derechos de imagen
Cámara de vigilancia en la entrada de una residencia

3. Qué pasa con los derechos de imagen en caso de incapacitación

La cosa cambia si la persona se encuentra incapacitada judicialmente. Si la justicia ha determinado que la persona en cuestión no puede ejercer su voluntad de forma autónoma, la decisión la tomará un representante.

Esto no significa que la voluntad y opinión del mayor no se vaya a tener en cuenta.

4. ¿Puedo denunciar a una residencia?

Si se demuestra que una residencia está cometiendo una irregularidad, se puede interponer una denuncia. Esto servirá para que la administración pública tenga en cuenta la violación de derechos del residente.

Estas faltas pueden derivar en la suspensión o el cierre de la residencia. Las residencias se someten a revisiones periódicas para determinar su calidad y su legalidad.

Hay distintas herramientas para tramitar las denuncias. Se puede denunciar a la Consejería correspondiente, en un juzgado de guardia, comisaría o en la fiscalía

Estas se tramitan como cualquier otra denuncia. El afectado expondrá los hechos en una comisaría y se determinará mediante la justicia si el caso es digno de sanción.

El Defensor del Pueblo -ante la inexistencia a nivel nacional de un defensor del mayor- puede exponer las denuncias.

Ancianos fotografiándose conscientes de sus derechos de imagen Ancianos fotografiándose conscientes de sus derechos de imagen
Ancianos haciéndose fotografías en los jardines de una residencia

5. ¿Qué ocurre con las cámaras de seguridad?

Normalmente, las residencias tienen un circuito de vigilancia interno para controlar que nada ocurra en el recinto. Al tratarse de un espacio público, la residencia tiene derecho a grabar con el fin de mantener la seguridad, pero no de difundir esas imágenes. Siempre con el consentimiento de los residentes. Los dueños de las residencias tienen derecho a preservar sus bienes. Una forma es controlar la actividad en las zonas comunes -obviando espacios como comedores o salas comunes-.

Por otro lado, no se podrán grabar en las instalaciones privadas como baños o habitaciones. Este es un ámbito privado sobre el que no se puede entrometer nadie. El derecho a la intimidad está por encima del derecho a la seguridad. 

En todo caso, se deberá informar a los residentes sobre la presencia de cámaras, o se estará cometiendo un delito. Paralelamente, los familiares y el residente pueden acceder a estas imágenes siempre que lo necesiten.

La intimidad es un asunto muy importante, más al tratarse de personas vulnerables. Puede que los mayores no conozcan sus derechos, por eso hay que tener especial cuidado y velar por ello. Esperamos que esta información haya sido de interés. ¡En miResi los mayores son lo primero! 

Fuentes:

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Alberto Cheli
Periodista y estudiante de Geografía e Historia. Actualmente redactor en miResi con el objetivo de contar historias de interés social. “El pasado es la mejor forma de acceder a la realidad del presente”
Sobre el autor

Periodista y estudiante de Geografía e Historia. Actualmente redactor en miResi con el objetivo de contar historias de interés social. “El pasado es la mejor forma de acceder a la realidad del presente”
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