La Real Academia Española (RAE), define la dependencia como situación de una persona que no puede valerse por sí misma. En personas mayores es muy común y surge fruto de las patologías propias de la edad. El envejecimiento trae consigo el deterioro de las capacidades funcionales del ser humano, lo cual se traduce en varios grados de dependencia del anciano.
“Libertad es sentir en lo más profundo de tu ser que ninguna circunstancia puede impedir que seas el único dueño de tu vida.”
Rafael Vidac
Cuando la dependencia de una persona mayor ya no le permite vivir sólo en casa, las familias estudian el ingreso de su familiar en una residencia. Esta decisión es complicada y necesita de asesoramiento.
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Contenidos
- 1. ¿Cómo se valora la dependencia del mayor?
- 2. ¿Qué grados de dependencia existen?
- 3. ¿Qué se necesita para obtener la ayuda a la dependencia?
- 4. ¿Cómo solicitar la ayuda?
- 5. ¿Qué ayudas a la dependencia ofrece la Comunidad de Madrid?
- 6. ¿Qué hacer si aumenta la dependencia de un ser querido?
1. ¿Cómo se valora la dependencia del mayor?
Como hemos visto en el anterior punto, existen diferentes grados de dependencia que, de algún modo, pueden ser medibles. Cuando una persona solicita la ayuda a la dependencia de su comunidad, se procede a una examinación del solicitante. Esta se realiza por un profesional sociosanitario especializado en el Baremo de Valoración de la Situación de Dependencia (BVD).
Este examen se realiza en la propia casa de la persona solicitante. En él se tienen presentes los informes de salud, el entorno en el que vive y la existencia o no de ayudas técnicas como prótesis y órtesis prescritas. La valoración se centra en estudiar las capacidades del individuo para realizar tareas básicas del día a día sin necesidad de terceros, así como el requerimiento de ayuda por parte de otra persona.
2. ¿Qué grados de dependencia existen?
La dependencia al igual que otras estadios clínicos se mide en distintos niveles según el estado en que se encuentre la persona. En este caso existen tres grados de dependencia:
2.1. Dependencia moderada o de grado I
Dentro de los grados de dependencia, este es el más leve. Se reconoce en todas aquellas personas que necesitan de un apoyo temporal o de al menos una vez al día. Sólo así podrán realizar tareas propias de su día a día, tales como el aseo personal, gestiones, recados y alimentación entre otras. Las personas que se encuentran en esta situación obtienen una puntuación en el Baremo de Valoración de la Situación de Dependencia (BVD) de entre 25 y 49 puntos.
Las personas con dependencia moderada pueden acceder a los servicios de asesoramiento, orientación o asistencia. También pueden acceder a TAD, SAD, la obtención de plazas en centros de día no intensivo o a la obtención de ayudas económicas.
2.2. Dependencia severa o de grado II
Las personas con un grado de dependencia II o dependencia severa, son aquellas que pese a seguir manteniendo cierta autonomía, precisan de la ayuda de terceros 2 o 3 diarias para realizar ciertas tareas. Su puntuación en el Baremo de Valoración de la Situación de Dependencia (BVD) es de entre 50 y 74 puntos.
Quienes padecen este grado de dependencia pueden acceder a TAD, SAD, la obtención de plazas en centros de día tanto intensivos como no intensivos, a la obtención de ayudas económicas, ayudas a la estimulación cognitiva y habilitación psicosocial.
2.3. Gran dependencia o de grado III
El grado III o gran dependencia es el más severo de los grados de dependencia y se asocia a las personas que necesitan de ayuda constante. Su puntuación en el Baremo de Valoración de la Situación de Dependencia (BVD) es de entre 75 y 100 puntos.
Quienes la sufren carecen de total autonomía y reciben todas las facilidades mencionadas en las personas con grados de dependencia I y II además de Prestaciones Económicas Vinculadas al Servicio (PEVS), Prestaciones Económicas para Cuidadores en el Entorno Familiar (PECEF) y Prestaciones Económicas de Asistencia Personal (PEAP).
3. ¿Qué se necesita para obtener la ayuda a la dependencia?
Según datos del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, en 2021 se registraron cerca de 2 millones de solicitudes para la obtención de la ayuda a la dependencia en nuestro país. Según el portal de la Comunidad de Madrid, para que se otorguen estas ayudas en dicha comunidad, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Residir de forma legal en España. El solicitante debe haber vivido al menos cinco años en territorio español y obligatoriamente los dos anteriores a la fecha de solicitud. Se exceptúa de este requisito a los emigrantes retornados.
- Residir en la Comunidad de Madrid, en el momento en el que se solicita la ayuda a la dependencia.
- Requerir de ayuda de terceros para la realización de tareas simples y básicas del día a día.
4. ¿Cómo solicitar la ayuda?
Para solicitar la ayuda a la dependencia en la Comunidad de Madrid puede tramitarse:
- De forma física como por medios electrónicos en los Servicios Sociales del Ayuntamiento donde el interesado se encuentra empadronado o en la oficinas de Atención al Cuidado repartidas por toda la comunidad.
- De forma telemática, en el apartado de Reconocimiento de Dependencia de la web de la Comunidad de Madrid pinchando en el botón de “Tramitar”. Adjunta la documentación a presentar junto con el formulario descargable y accede al registro electrónico para su presentación.
En el caso de tramitarlo por vía electrónica se precisa de un documento de acreditación digital avalado por la Comunidad de Madrid, por ejemplo el DNI digitalizado.
Una vez solicitada la ayuda, la Dirección General de Atención a la Dependencia y al Mayor le contactará por teléfono para fijar una fecha de valoración. Un especialista socio-sanitario testeará el caso e informará de los resultados. Puede imponerse el recurso de alzada ante la Consejería durante el mes siguiente a la fecha de notificación.
5. ¿Qué ayudas a la dependencia ofrece la Comunidad de Madrid?
Tras realizarse la valoración del grado de dependencia de la persona implicada, se realiza un Programa Individual de Atención (PIA). De este modo se especifica qué tipo de ayuda es la más adecuada para solventar las necesidades en cada caso concreto. Estas ayudas pueden darse en forma de servicio o de prestación económica.
5.1. Prestaciones económicas
Se trata de una cuantía económica que se ofrece desde la Comunidad de Madrid, a las personas que se valoran como dependientes, con el fin de cubrir los gastos provocados por su falta parcial o total de autonomía. Existen tres tipos de prestaciones económicas:
5.1.1. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar
La prestación económica para cuidados en el entorno familiar (PECEF), se otorga con el fin de cubrir los costes de asistencia de las personas dependientes en su domicilio. Las cuantías de esta ayuda derivan en función de los grados de dependencia que presente el individuo:
- En personas con un grado I de dependencia se ofrece una cantidad de 153 euros al mes.
- En personas con un grado II de dependencia se ofrece una cantidad de entre 201,59 y 268,79 euros al mes.
- En personas con un grado III de dependencia se ofrece una cantidad de entre 290,73 y 387,64 euros al mes.
5.1.2. Prestación económica de asistencia personal
La prestación económica de asistencia personal (PEAP), se otorga con el objetivo de financiar un contrato de asistencia personal profesional. La cantidad monetaria de dicha ayuda dependerá de los grados de dependencia de la persona implicada:
- En personas con un grado I de dependencia se ofrece una cantidad de 300 euros al mes.
- En personas con un grado II de dependencia se ofrece una cantidad de entre 300 y 426,12 euros al mes.
- En personas con un grado III de dependencia se ofrece una cantidad de entre 429,04 y 715,07 euros al mes.
5.1.3. Prestación económica vinculada al servicio
La prestación económica vinculada al servicio (PEVS), se da de forma periódica con el fin de financiar los costes de servicio de las empresas privadas que asisten a la persona dependiente. La cuantía económica varía en función de los grados de dependencia:
- En personas con un grado I de dependencia se ofrece una cantidad de 300 euros mensuales.
- En personas con un grado II de dependencia se ofrece una cantidad de entre 300 y 426,12 euros mensuales.
- En personas con un grado III de dependencia se ofrece una cantidad de entre 429,04 y 715,07 euros mensuales.
5.2. Servicios de asistencia
Además de ayudas económicas, la Comunidad de Madrid otorga una serie de servicios de asistencia con el fin de cubrir las necesidades básicas de las personas con distintos grados de dependencia. Su objetivo es garantizar el bienestar del mayor y ayudarle a volver a ser autónomo y capaz.
Los diferentes servicios asistenciales que puede ofertar como apoyo a la dependencia son los siguientes:
5.2.1. Teleasistencia
Con este servicio, mediante una pulsera o collar con un botón incorporado, los mayores podrán avisar a una centralita de atención en caso de emergencia. Esto permite a las personas con dependencia permanecer en sus casa de una forma mucho más segura.
5.2.2. Ayuda a domicilio
Mediante las ayudas a domicilio los mayores pueden ser atendidos sin necesidad de abandonar su propio hogar. Según los grados de dependencia que sufra, requerirá más o menos tiempo de asistencia:
- En personas con grado I la ayuda a domicilio será de máximo 20 horas al mes.
- En el caso de padecer grado II de dependencia, los mayores contarán con hasta 15 horas en el caso de ayuda a domicilio no intensiva y de entre 21 a 45 horas al mes en el caso de ser intensiva.
- En dependencias de grado III, se otorgará una ayuda a domicilio de hasta 30 horas al mes en caso de ser no intensiva, y de entre 46 y 70 horas al mes en el caso de ser intensiva.
5.2.3. Centros de día para mayores
Los centros de día son un lugar ideal para que las personas mayores se sientan atendidas durante el día. Frenan el avance de la vejez y promueven la autonomía del mayor. Los centros de día en la Comunidad de Madrid van dirigidos a mayores de 60 o a mayores de 55 en caso de padecer alzheimer.
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5.2.4. Residencias de mayores
Las residencias de mayores cumplen un papel trascendental en nuestra sociedad. Se encargan del cuidado de nuestros mayores cuando estos no pueden valerse por sí mismos. Llevan un seguimiento exhaustivo de las necesidades de cada residente.
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5.2.5. Residencias para personas con discapacidad
La Comunidad de Madrid, cuenta con una amplia red de centros para personas con discapacidades, tanto centros de día como residencias. Proporcionan un servicio asistencial y específico para cada caso mediante profesionales de varias ramas socio-sanitarias.
6. ¿Qué hacer si aumenta la dependencia de un ser querido?
La vejez causa una serie de complicaciones que pueden aumentar los grados de dependencia de una persona. Con el paso de los años la aparición de lesiones y enfermedades se hace más común. Cuando las personas mayores no pueden valerse por sí mismas, una de las alternativas que barajan las familias es buscar una residencia de mayores.
Las residencias de ancianos cumplen un papel muy importante en la sociedad en que vivimos. Se ocupan de cuidar a nuestros mayores y promover la autonomía y el envejecimiento activo. En ellas sus residentes se sienten más seguros y tranquilos, ya que son conscientes de que alguien puede asistirles en todo momento.
En miResi, nos encargamos de buscar a las familias una residencia o centro de día hecho a su medida. Sabemos que no es una decisión sencilla de tomar, por ello queremos darte las mejores opciones. De esta manera, podrás elegir la que mejor se adapte a las necesidades y deseos de tu mayor.
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Fuentes
- Real Academia Española (RAE): https://dle.rae.es/dependencia
- Comunidad de Madrid: https://www.comunidad.madrid/servicios/asuntos-sociales/guia-practica-dependencia
- Instituto de Mayores y Servicios Sociales: https://www.imserso.es/InterPresent2/groups/imserso/documents/binario/estsisaad20211130.pdf