Cada vez son más las personas que sufren grados de discapacidad en España. Según la RAE (Real Academia Española), la discapacidad se define como “situación de la persona que por sus condiciones físicas o mentales duraderas se enfrenta con notables barreras de acceso a su participación social”.
Esto quiere decir que tienen más dificultad para realizar actividades de su vida diaria. O dicho en otras palabras, que presentan una minusvalía.
Además, según la Fundación General CSIC, “un 32% de los españoles con más de 65 años sufre algún tipo de discapacidad”. Por ello, creemos que es muy importante informar a familias y mayores de esta situación.
El viernes pasado, 3 de diciembre, fue el Día Internacional de las Personas con Discapacidad. Por eso, desde miResi, queremos hablarte de los diferentes grados de discapacidad en nuestros mayores y las ayudas económicas que podemos solicitar por ello.
¡Atento, te va a interesar! 😉
Contenidos
1. ¿Qué son las AVD en los grados de discapacidad?
Las Actividades de la Vida Diaria (AVD) son aquellas que influyen de forma directa en el grado de discapacidad del mayor y que, por tanto, deberemos conocer antes de detectar cuáles puede o no realizar nuestro familiar.
Estas actividades dependen completamente del nivel de dependencia. Cuanto menor sea la autonomía de la persona mayor, ésta tendrá mayor grado de discapacidad.
Las AVD son las siguientes:
1.1. Actividades de autocuidado
Vestirse, comer o asearse.
1.2. Actividad física
Se relaciona con la movilidad que presenta el anciano.
1.3. Actividades de comunicación
Tienen que ver con las capacidades intelectuales que tenga la persona mayor relacionadas con el habla, el lenguaje y otros aspectos cognitivos como el nivel de conciencia o el intelecto.
1.4. Actividades sensoriales
Referido a la calidad de la audición o la vista, entre otros.
1.5. Actividades manuales
Todas aquellas que se relacionan con el nivel de fuerza que posea en las manos, la calidad en el agarre de cualquier objeto o la capacidad de sujetar o apretar.
1.6. Actividades sexuales
La capacidad básica para mantener relaciones sexuales. Es decir, si todavía la persona mayor se vale por sí misma en esta situación.
1.7. Actividades para el descanso
Tienen cabida aquellas actividades orientadas a conciliar el sueño. Si la persona mayor presenta alguna alteración como el insomnio que le impide dormir, no cumple esta actividad básica.
1.8. Uso del transporte público
¿El mayor es capaz de coger el autobús solo y trasladarse de un punto a otro sin necesidad de ayuda externa? Aquí nos referimos tanto a si tiene la capacidad física de movilidad para hacerlo como a la capacidad intelectual para realizar el proceso.
Si es capaz de relacionarse e interactuar con otras personas (ya sean amigos, familiares, grupos de talleres a los que suele asistir, etc.).
2. Grados de discapacidad
Una vez hemos valorado la capacidad o discapacidad que tiene nuestro mayor para realizar alguna de las actividades de la vida diaria anteriores, es el momento de diagnosticar su grado de discapacidad.
La evaluación del diagnóstico la realiza el EVO (Equipo de Valoración y Orientación) en cada Comunidad Autónoma de España. Este equipo está compuesto por médicos, psicólogos y trabajadores sociales que determinan el grado de discapacidad que tiene el mayor y por tanto, si necesita o no un certificado de discapacidad.
¡Sigue leyendo para conocer los diferentes grados de discapacidad que existen!
2.1. Grado I: Discapacidad nula
Esta discapacidad la tienen aquellas personas que hayan sufrido algún accidente o enfermedad que les haya producido secuelas. No obstante, estas secuelas no les impiden realizar actividades de su vida diaria.
2.2. Grado II: Discapacidad leve
En este grado de discapacidad, la persona sigue teniendo algunos síntomas o secuelas que ya le molestan para realizar algunas de las actividades de su vida diaria. Sin embargo, todavía las puede hacer aunque con un poco más de esfuerzo.
2.3. Grado III: Discapacidad moderada
En el Grado 3 de discapacidad, únicamente puede realizar aquellas actividades destinadas al auto-cuidado: asearse, vestirse, comer… Esto se debe a que se encuentra incapacitado para realizar cualquier otra tarea que suponga un esfuerzo mayor dados los síntomas que presenta.
Es aquí cuando se comienza a considerar a la persona minusválida, ya que en este grado se engloba a personas que presentan más de un 33% de discapacidad, según la Ley 51/2003. Pero, aún no presenta los requisitos para recibir ninguna ayuda económica por ello.
2.4. Grado IV: Discapacidad grave
Aquí el mayor se ve incapacitado para realizar cualquier actividad de su vida diaria, incluidas aquellas en las que cuida de sí mismo. Empieza a ser una persona dependiente que necesita ayuda de terceras personas.
En el caso de que la persona no alcance el 65% de discapacidad, podrá tener algunos beneficios, pero no recibirá ayudas económicas. Sin embargo, si el porcentaje es mayor, podrá beneficiarse de una pensión no contributiva.
2.5. Grado V: Discapacidad muy grave o permanente
Es el último grado de discapacidad y por tanto, el más perjudicial para el mayor. Aquí, el anciano se encuentra completamente incapacitado para realizar cualquier tipo de actividad en su vida diaria. Necesita asistencia y vigilancia 24 horas al día porque su nivel de minusvalía es casi del cien por cien.
Esta persona tiene acceso a una cuantía mayor de la pensión no contributiva anterior.
3. Beneficios según los grados de discapacidad
Las personas mayores diagnosticadas con algún grado de discapacidad, tendrán acceso a una serie de beneficios o ayudas para mejorar su calidad de vida y bienestar.
Acorde al Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía, las personas mayores podrán recibir ayudas públicas dependiendo del porcentaje de discapacidad que presenten.
Si presentan más del 33% de discapacidad, podrán beneficiarse de:
- Ayudas económicas para comprar un vehículo adaptado a su discapacidad
- Autorización para poder aparcar dicho vehículo en estacionamientos para discapacitados
- Apoyo económico para la compra del abono del transporte público
- Disminución de impuestos para poder acceder a la compra de productos especiales destinados a su discapacidad
- Descuentos en actividades de ocio.
- Asistencia de personal sanitario como enfermeros, auxiliares y farmacéuticos
- Teleasistencia para cubrir las necesidades básicas de autocuidado
- Entrada a domicilios de protección oficial
En cambio, si presentan más del 65% de discapacidad, podrán beneficiarse de:
- Grandes descuentos en otros medios de transporte público como trenes
- Si la minusvalía supera el 75%, la pensión no contributiva se amplía un 50%
4. Ayudas a la dependencia
Como hemos podido ver, las personas con discapacidad tienen derecho a recibir una serie de ayudas y beneficios, pero existen algunos factores que influyen en esto:
- Grado de discapacidad
- Dependencia económica de la persona dependiente
- Estatus legal
- Edad de la persona discapacitada
Según la Ley de Dependencia, las personas mayores también pueden recibir ayudas económicas. Esto dependerá completamente del nivel de autonomía que tenga el mayor.
Por ello, existen muchas residencias de nuestra red que apoyan la obtención de las ayudas a la dependencia. Incluso, muchas de ellas destinan camas de sus centros a uso público para que puedan acceder personas con menos recursos que de verdad lo necesitan.
Además, nuestros centros tienen muy en cuenta la LISMI (Ley de Integración Social de personas con discapacidad) para fomentar las relaciones interpersonales, inculcar valores como el respeto y hacer partícipes a las personas con algún grado de discapacidad en las actividades que puedan realizar dentro de la residencia.
Si tienes un familiar con alguna discapacidad y estás buscando la residencia ideal🏡 para él, te aconsejamos que contactes con nosotros y nos cuentes tu historia.
💚miResi quiere ayudarte a encontrar la residencia que mejor se adapte a tu mayor, sus necesidades y los requisitos familiares.
Fuentes:
- Cuidado mayor: https://www.cuidadomayor.com/blog/grados-de-discapacidad-ancianos/
- Sunrise Medical: https://www.sunrisemedical.es/blog/grado-de-discapacidad-como-se-califica
- ConceptosJurídicos.com: https://www.conceptosjuridicos.com/grados-de-discapacidad/
- IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales): https://www.imserso.es/imserso_01/autonomia_personal_dependencia/grado_discapacidad/index.htm
- Fundación General CSIC: https://fgcsic.es/lychnos/es_es/articulos/lineaestrategica_envejecimiento
- BOE (Boletín Oficial del Estado): https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2000-1546
- RAE (Real Academia Española) https://dle.rae.es/discapacidad
Hi! A lot of thanks for your feedback.
Could you send me an email to maria.alvarez@baculum.es and tell me more about it? I’d really appreciate it.
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