Las personas que se ven obligadas a cuidar de familiares tienen una serie de gastos asociados a esta obligación. La administración pública entiende que es complicado gestionar la vida teniendo que asistir a un familiar. Esto, además de un problema para la conciliación, es una actividad que cuesta una partida de dinero importante. Por eso, desde miResi hablamos de la deducción por mayor a cargo.
Contenidos
1. ¿Qué es la Deducción por mayor a cargo?
La deducción por mayor a cargo es una rebaja en la renta. Esto es un beneficio que se da a las personas que cuidan de forma continuada a una persona que depende de ellos completamente.
La rebaja en la Declaración de la Renta incide en que los usuarios paguen menos porque tienen que sostener la manutención de otra persona.
2. ¿Cómo se tramita la deducción por mayor a cargo?
Esta condición se debe acreditar a la hora de hacer la Declaración de la Renta. Como el resto de condiciones que se explicitan en la declaración, se debe marcar la casilla donde se indica que tenemos mayores a nuestro cargo.
La administración comprobará que esto es cierto mediante la documentación. Una vez se compruebe, será una de las razones que conducirán a conocer qué impuestos se pagarán. Esta situación, al igual que la de tener hijos a su cargo, desgrava.
2.1. Documentación necesaria
En el proceso se debe certificar el parentesco entre la persona que realiza la Declaración de la Renta y el mayor del que se cuida. Hay que demostrar que el mayor en cuestión vive en la casa del o la beneficiaria.
Hay que acreditar que el mayor convive con la persona que presenta la declaración. Además, hay que documentar la realidad del mayor (ingresos anuales, edad, situación o no de dependencia y/o discapacidad,…).
3. ¿Cualquiera puede pedir la deducción?
Cualquier persona que presente la Declaración de la Renta debe indicar cual es su situación familiar, además de sus ingresos y los bienes con los que cuenta.
Las personas que se pueden beneficiar de esta deducción deben acreditar que cuidan de mayores de 65 años o menores de 65 años con una discapacidad igual o superior al 33%. Este mayores debe residir con la persona que realiza la declaración, por lo menos la mitad del año. Si los ancianos están internados en un centro que están financiando sus familiares, también podrán optar a la obtención de esta ayuda.
Por lo que respecta a los ingresos del mayor, estos no podrán ser superiores a los 8.000 euros anuales y que presente declaración del IRPF sin rentas superiores a los 1.800 euros.
Estarán fuera de esta deducción los mayores que se encuentren en las siguientes situaciones:
- Mayores que vivan más de 30 días al año en una residencia (que no sean para rehabilitación).
- Que la base imponible general no supere:
- 27.000 euros en tributación individual.
- 36.000 euros en tributación conjunta.
4. ¿Cuáles son las deducciones por mayor a cargo?
Las reducciones en la Declaración de la Renta cambian en función del número de mayores que tengan a su cargo.
Para aquellos que cuiden a mayores de 75 años, la reducción es de 1.150 euros anuales por cada uno de ellos. Mientras que la reducción es de 1.400 euros anuales si el mayor es dependiente y tiene menos de 65 años.
5. ¿Qué es un ascendente a cargo?
Un ascendente a cargo es todo aquel familiar directo que no sea hijo, sobrino o nieto, es decir, que preceda en edad al sujeto. Por tanto, los ascendentes serían los padres, abuelos y bisabuelos.
Pese a que entren en la definición de ascendentes, los tíos, por ejemplo, no se tienen en consideración porque no son familiares directos.
El ascendente a cargo es lo contrario al descendiente a cargo. Los hijos menores de edad desgravan en la Declaración de la Renta porque son dependientes respecto a sus padres.
De la misma forma, los mayores hay mayores que dependen del cuidado de sus hijos. Ya sea porque no se valen por sí mismos o porque no cuentan con los recursos necesarios, en ocasiones, son dos descendientes los que deben hacerse cargo del cuidado de sus mayores.
Las personas que tienen familiares que dependen de sus cuidados, gastan tiempo y dinero en ellos. Por eso, se piensa en ellos a la hora de realizar la contribución. Hacienda reconoce la situación de desventaja y la intenta suplir con una reducción de la carga fiscal. Desde miResi, como siempre, esperamos que este artículo sea de utilidad.
Fuentes:
- Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2021/capitulo-17-deducciones-autonomicas-cuota/comunidad-autonoma-castilla-mancha/cuidado-ascendientes-mayores-75-anos.html
- Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2021/capitulo-14-adecuacion-impuesto-circunstancias-personales/minimo-ascendientes.html